
La herencia es un acto jurídico mediante el cual una persona transmite bienes, derechos y también obligaciones a su muerte. (es decir, deudas). La persona que recibe la herencia es el heredero.
En general, quien otorga el testamento -el testador- puede designar libremente a sus herederos. Los herederos pueden ser personas físicas o jurídicas (por ejemplo, puedes decidir destinar tu patrimonio a una ONG).
Sin embargo, existe un límite ya que además de los herederos indicados por el testador existen herederos legítimos regulados por el Título II del Código Civil. Por tanto, estas personas tienen derecho a heredar al menos una parte de los bienes. niño ¿Quién aún no ha nacido? Veamos qué dice el Código Civil al respecto.

Herencia: ¿quién puede heredar?
En el derecho sucesorio es importante tener en cuenta el concepto de heredero legítimo. Esto se debe a que, independientemente de la voluntad del testador, los herederos legítimos no pueden ser excluidos de la herencia.
En efecto, la ley les atribuye una parte de la que el testador no puede privarles de la parte legítima. Los herederos legítimos son:
- I niños .
 - El cónyuge.
 - Si no hay hijos, hermanos, hermanas o sus descendientes, suceden los padres.
 
Según el Código Civil, por tanto, los hijos siempre heredan al menos la parte legítima que les corresponde. En cualquier caso, una parte la hereda el cónyuge supérstite.
¿El feto tiene derecho a heredar?
Los hijos no sólo tienen derecho a heredar, la ley también les fija una parte legítima. El problema surge cuando el niño aún no ha nacido ; en este caso existen algunas limitaciones.
Es importante entender en primer lugar que según la ley, quien aún no ha nacido no puede ser considerado persona física con capacidad jurídica. . Según el derecho civil, la capacidad jurídica se adquiere en el momento del nacimiento o con separación del feto del cuerpo materno y con la respiración al menos por un momento. Por tanto, no se indica una vida útil mínima. Si bien el feto no es considerado una persona a efectos legales, tiene derechos que deben ser protegidos.

La ley no sólo protege la vida del feto sino también sus derechos, incluida la herencia. Por tanto, el niño que va a nacer puede heredar, pero se trata de un derecho condicional. Es decir, se deben cumplir ciertas condiciones para que el hijo herede.
La primera condición es ser persona a efectos jurídicos. es decir, debe haber nacido vivo y sobrevivido separación de la madre por al menos un instante .
Si este requisito no se cumple, por ejemplo porque el niño nació muerto, desde el punto de vista jurídico nunca existió. Podemos decir, por tanto, que el legado sigue pendiente y a la espera de evolución. Si se respeta la condición, el recién nacido se convierte en heredero; en caso contrario la herencia se distribuye entre los demás herederos.
¿Se le puede negar la herencia a una persona?
En principio, pueden ser herederos todos los sujetos que no sean considerados indignos expresamente por ley o por sentencia. . calumnia florecer).
También existen otras limitaciones que impiden el acceso a la herencia. No pueden ser herederos salvo algunas excepciones:
- El guardián y el protutor.
 - El notario, los testigos y el intérprete.
 - Quién redactó o recibió el testamento secreto.
 - Quien no fue concebido al momento de abrir la sucesión si es legítimo y también a los futuros hijos de una persona viva (en caso de sucesión testamentaria).
 
El objetivo en todo caso es satisfacer los deseos de la persona respecto de su patrimonio.